Autorización para descarga de pescado de embarcaciones extranjeras a puertos ecuatorianos

AUTORIZACIÓN PARA DESCARGA DE
PESCADO DE EMBARCACIONES EXTRANJERAS
A PUERTOS ECUATORIANOS

Denominación de servicio

Autorización para descarga de pescado de embarcaciones extranjeras a puertos ecuatorianos.

Descripción de servicio

Las empresas pesqueras industriales comercializadoras pueden solicitar la autorización de descarga de pescado de embarcaciones pesqueras extranjeras a puertos ecuatorianos.

Información

Horario de atención

Lunes a Viernes | 8:30 a 17:30

Costo

  1. Embarcación registrada en la CIAT:
    • 5 USD x Tn | No grava IVA.
  2. Embarcación no registrada en la CIAT:
    • 8 USD x Tn | No grava IVA.
  3. Embarcación asociada:
    • Sin costo | No grava IVA.

Tiempo de respuesta

2 días

Beneficiario o usuario del servicio

  • Persona Natural – Ecuatoriana
  • Persona Jurídica – Privada

Oficinas y dependencias que ofrece el servicio

Recursos Pesqueros (Pesca Industrial)

Dirección de la dependencia

Puerto Pesquero Artesanal San Mateo S-N | Manta – Ecuador

Teléfono de la dependencia

(05) 2666-109

Canales disponibles de atención

Virtual

Servicio Automatizado

Si

Link para descargar el formulario de servicios

No Aplica

Link para el servicio por internet (on line)

1 Cómo acceder al servicio

  1. Solicitar el trámite a través de la VUE (Ventanilla Única Ecuatoriana).
  2. Recibir notificación en caso de inconsistencias de información.
  3. Realizar el pago.
  4. Presentar pago en ventanilla única de la institución y recibir la factura de servicios.
  5. Recibir el documento del trámite en la ventanilla única de la institución o a través de la VUE (Ventanilla Única Ecuatoriana).

2 Requisitos para la obtención del servicio

  1. Formulario de solicitud para descarga de pescado de embarcaciones extranjeras a puertos ecuatorianos.
  2. Certificado de captura o la carta de compromiso.
  3. Certificado Dolphin Safe.
  4. Certificado sanitario.
  5. Comprobante de pago.
  6. Conocimiento de embarque B/L.
  7. Declaración de capitán.
  8. Factura proforma de venta.
  9. Forma 370.
  10. Licencia vigente y / o permiso de pesca.
  11. Matrícula y /o registro de la embarcación.
  12. Los demás requisitos que se encuentren establecidos en el Acuerdo Ministerial 132 – A.

Requisitos Adicionales:

  • Certificado de análisis de calidad (Portacontenedores)
  • Plotter (Embarcaciones extranjera)
  • Trasbordo (Reefer)

Requisitos Opcionales:

No Aplica

3 Procedimiento interno que sigue el servicio

  1. Validación técnica.
  2. Aprobación de la descarga.
  3. Realiza inspección técnica.
  4. Entrega el informe de descarga.